EL TC avala la reforma laboral de 2012
El Tribunal Constitucional ha resuelto la cuestión de inconstitucionalidad núm. 3801-2013, promovida por el Juzgado de lo Social núm. 34 de Madrid avalando los aspectos más debatidos del Real Decreto-Ley 3/2012 de Medidas Urgentes para la reforma del mercado laboral. Con este Auto, con fecha de 11 de febrero de 2014 y siete votos a favor y cuatro en contra, da el visto bueno al procedimiento que el Ejecutivo empleó para implantar la reforma, el Real Decreto-Ley.
Asimismo, también viene a avalar dos de los aspectos más controvertidos de dicha nueva regulación: las indemnizaciones por despido improcedente, que pasaban de los 45 días por año trabajado con un máximo de 42 mensualidades a los 33 días con un máximo de 24 mensualidades, y la limitación en el cobro de los salarios de tramitación en casos de readmisión. En este último supuesto, cuando el despido sea declarado improcedente, el empresario tiene cinco días hábiles desde la sentencia para, o bien readmitir al trabajador o bien abonarle únicamente la indemnización de 33 días de salario por año trabajado. Así, a partir de la reforma, sólo en aquellos casos en que se opte por la readmisión, será cuando se deberá abonar los salarios de tramitación dejados de percibir desde la fecha del despido declarado improcedente hasta la fecha de la notificación de la sentencia.
Sin embargo hay otras cuestiones sobre las que el Auto no se pronuncia, sobre los que pendería aun un cierto halo de inseguridad jurídico-constitucional, y que precisamente constituyeron las materias que conformaron el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Partido Socialista a finales de 2012 “por atentar contra los valores en los que se basa el modelo constitucional y atacar las bases del Estado Social de Derecho”. Estas materias engloban la nueva configuración del descuelgue del convenio colectivo, el contrato de apoyo a los emprendedores, o los cambios en materia de negociación colectiva, que a día de hoy quedan sin refrendo constitucional a pesar de plena vigencia.