Anteproyecto de Ley – Fundaciones
El pasado viernes 29 de agosto, el Consejo de Ministros aprobó el Anteproyecto de Ley de Fundaciones, que modificará la Ley 50/2002, de 26 de diciembre.
El objeto de la reforma legal versará sobre tres aspectos fundamentales, a saber:
- Asegurar el ejercicio del derecho de fundación.
- Garantizar el cumplimiento de las obligaciones y fines de la fundación.
- Obstaculizar el uso de la fundación como instrumento fraudulento.
La citada reforma supondrá la simplificación del proceso de constitución de las fundaciones, consiguiendo asà detallar los fines y actividades de la fundación, de forma clara y precisa y no de manera vaga y general como se preveÃa en la Ley de Fundaciones, para obtener una visión clarificadora de los fines de la fundación, garantizando que las mismas no se utilicen con fines fraudulentos.
Destacar como novedades más formalistas del nuevo Anteproyecto de ley, la eliminación la posibilidad del desembolso sucesivo, que se concretaba en virtud del artÃculo 12 de la anterior Ley. Con la presente reforma, no se permitirá la dotación fraccionada en varios pagos a los interesados en formar una fundación.
Y por último en la misma lÃnea formalista, en relación al destino de los ingresos de la fundación, se desarrolla y depura la obligación ya establecida por la Ley 50/2002, de destinar al menos el 70% de los rendimientos obtenidos a los fines fundacionales. De no cumplirse dicho requisito no podrán ser consideradas como entidades sin ánimo de lucro ya que se pierde la esencia de la fundación.
El nuevo reglamento también desarrollará un nuevo régimen fiscal al que estarán sometidas las fundaciones.