La AEPD sanciona a Facebook por vulnerar la normativa de protección de datos

La AEPD ha sancionado a Facebook como consecuencia del tratamiento ilícito de datos de carácter personal de sus usuarios, concretamente por utilizar dichos datos personales para fines publicitarios sin haber obtenido el consentimiento pertinente de los interesados. Asimismo, Facebook ha sido sancionada como consecuencia de la no cancelación de la información de sus usuarios cuando ésta ya no es útil para el fin con el que fue recogido, ni tampoco cuando éstos solicitan que dicha información sea eliminada.

Concretamente, la AEPD ha confirmado que los usuarios no reciben ningún tipo de información en relación a estos temas: en primer lugar, respecto de la información que se proporciona a los usuarios de los datos personales que se van a recoger y los tratamientos que se va a realizar con ellos; y en segundo lugar, respecto al uso de rastreadores digitales o balizas, tales como las cookies que ha venido llevando a cabo Facebook.

Cuando un usuario registrado en esta red social navega en sitios web de terceros, Facebook recoge la información suministrada por dichos sitios web, para asociarla al perfil del usuario. Esta información puede ser recogida y almacenada por Facebook, incluso cuando el usuario no es miembro de esta red social.

Además, la Agencia también ha concluido que la política de privacidad de Facebook contiene expresiones genéricas y poco claras, obligando al interesado a acceder a multitud de enlaces para conocer dicha información.

En consecuencia, la AEPD ha considerado que Facebook no recaba adecuadamente el consentimiento de sus usuarios registrados, ni tampoco de aquellos que no lo son. Por todo lo expuesto anteriormente, la Agencia ha declarado que la actuación de la red social conlleva varias infracciones definidas en la Ley Orgánica de Protección de Datos, por lo que sanciona a Facebook por un total de 1.200.000 Euros.