Aprobado el Dictamen de la Comisión de Justicia sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

Aprobado el Dictamen de la Comisión de Justicia sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el pasado 22 de enero el Dictamen de la Comisión de Justicia sobre el Proyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, que continúa su tramitación en el Senado.

Algunas de las modificaciones más importantes que introduce esta reforma son las siguientes:

–      Prisión permanente revisable, que podrá ser impuesta únicamente en supuestos de excepcional gravedad

–      Endurecimiento de las penas en los delitos económicos: es en este punto dónde el Código Penal sufre una mayor transformación en los delitos relativos a combatir la corrupción, se dificultará el acceso la libertad condicional a los corruptos que no hayan reparado el daño causado, para ello fija en 500.000 euros la cuantía para imponer cárcel por financiación ilegal, a menos que sea extranjero que será de 100.000 euros la cuantía, y mantiene el límite de 120.000 euros para tipificar un delito de fraude fiscal.

–      La reforma también revisa el comiso, para que los jueces puedan ordenar la el embargo preventivo y el decomiso de los bienes del condenado procedentes de otras actividades delictivas siempre que existan indicios de su procedencia ilícita, facilitando un procedimiento autónomo al que podrá acudir el fiscal si eso facilita un enjuiciamiento más rápido de las responsabilidades penales.

–      En esta línea, se revisan los delitos de homicidio, asesinato y detención ilegal o secuestro con desaparición, y además los marcos penales.

–      Se modifica la tipificación de los delitos contra la libertad sexual.

Sin duda estas reformas pretenden dotar al sistema jurídico penal de una mayor eficacia y seguridad jurídica, adaptándose a los problemas surgidos en los últimos años que sin duda precisaban de un mayor control jurisdiccional y un régimen jurídico específico.