Hacienda podría excluir de la obligación de declarar por Sociedades a las entidades parcialmente exentas con ingresos inferiores a 50.000 euros

La reforma fiscal sobre el Impuesto sobre Sociedades, la cual entro en vigor en enero, establece como novedad la obligación de presentar declaración del Impuesto a todo tipo de asociaciones sin límite.

Como consecuencia y para establecer unos límites más reducidos para no perjudicar a las entidades con menores recursos, el pasado 26 de febrero el Ministerio de Hacienda y Administraciones públicas informó sobre la nueva aprobación de la disposición normativa que aprobará en breve el Consejo de Ministros.

Esta disposición establecerá la exclusión de la obligación de presentar declaración en el Impuesto Sobre Sociedades a aquellas entidades parcialmente exentas, cuyos ingresos totales en el periodo impositivo no superen los 50.000 Euros anuales. Sin embargo, dicha medida se aplicará siempre y cuando el importe total de los ingresos correspondientes a rentas no exentas no supere los 2.000 Euros anuales, y que todas sus rentas no exentas estén sometidas a retención.

La modificación será de aplicación para los periodos impositivos que tengan su inicio a partir del 1 de enero de 2015.