Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo
El 25 de octubre de 2017 se ha publicado la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, con la intención de flexibilizar las caras y gravámenes de los trabajadores autónomos con el fin de mejorar las condiciones introduciendo importantes novedades respecto a las cotizaciones, gastos deducibles y bonificaciones. Las novedades más destacables son las siguientes:
- Se amplia de seis a doce meses la “tarifa plana de cotización” de 50 euros mensuales y se reduce de cinco a dos años el periodo de cotizar en el RETA exigido para poder adherirse a esta medida.
- Conciliación de la vida personal y profesional para las mujeres autónomas que, en el plazo de dos años se reincorporen al trabajo tras los supuestos de maternidad, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, de la tarifa plana de 50 euros siempre que opten por cotizar en base mínima.
- Posibilidad de cambiar la base de cotización hasta cuatro veces al año, para adaptarla a los ingresos percibidos y la inscripción y alta en la SS y cotización por días trabajados (solo tres veces al año).
- Bonificaciones por la contratación indefinida de familiares.
- Se reduce a la mitad el recargo por retraso en el abono de las cuotas dentro del primer mes natural siguiente al del vencimiento del plazo.
- La devolución del exceso de cotización en casos de pluriactividad se devolverá de oficio por la Tesorería General de la SS.
- Si el autónomo tiene empleados a su cargo podrá compatibilizar la jubilación y el trabajo autónomo, con el cobro del 100% de la pensión.
- Para poder disfrutar de la bonificación del 100% de cuotas por cuidado de menores durante doce meses, se amplía la edad del menor de siete a doce años.
- Dentro del concepto accidente de trabajo se incluye en accidente in itinere.