Noviembre, mes para solicitar el alta en el REDEME y en el Régimen de Diferimiento del IVA a la Importación

Se acerca el cierre del ejercicio 2016 y es el momento de realizar las previsiones para afrontar el próximo ejercicio 2017.

Es por ello que durante este mes de noviembre se deben realizar las modificaciones censales oportunas para poder optar a la aplicación de determinados regímenes especiales.

Entre otros desatacamos los relativos al Impuesto sobre el Valor Añadido, cuyas solicitudes de inscripción se deben presentar durante este mes de noviembre, para que la inscripción surta efectos desde el día 1 de enero de 2017, mediante la correspondiente declaración censal.

  • Alta en el Régimen de Diferimiento del IVA a la Importación: Los sujeto pasivos empresas que realicen importaciones y cumplan los requisitos para estar inscritos en este régimen y se encuentren acogidas al mismo, pueden incluir en su declaración-liquidación del modelo 303, las cuotas de IVA a la importación, sin necesidad de llevar a cabo un anticipo del ingreso del IVA ante la aduana mediante carta de pago 031.
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  • Alta en el Registro de Devolución Mensual (“REDEME»): Lo sujetos pasivos que cumplan los requisitos normativos para estar acogidos al REDEME podrán realizar la solicitud del IVA a compensar de manera mensual.
    Este régimen lleva aparejada la obligación de presentar las declaraciones de IVA, modelo 303 de manera mensual, además de la presentación de los libros registros de facturas a través del modelo 340, declaración informativa del IVA.