El Tribunal Constitucional declara inconstitucional la amnistía fiscal

El Tribunal Constitucional en su Sentencia de 8 de junio de 2017 ha acordado por unanimidad la inconstitucionalidad de la Disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo.

El Tribunal declara que la norma que aprobó la “amnistía fiscal” es inconstitucional ya que la vía legislativa por la que se aprobó no era la correcta. El Alto Tribunal señala que el uso del Decreto-ley no es el vehículo adecuado para aprobar medidas que afecten de forma relevante o sustancial a los deberes consagrados en la Constitución, como es el caso del deber de todos de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos.

Recordamos que la amnistía fiscal permitió la regularización de las rentas previamente ocultadas a un tipo reducido del 10%.

En todo caso, el fallo del Tribunal Constitucional no va a tener consecuencias para quienes se acogieron a la amnistía fiscal. El Alto Tribunal declara que las regularizaciones fiscales al amparo de la amnistía fiscal que ya hayan resultado firmes no deben ser revisadas por aplicación del principio de seguridad jurídica. Entendemos, por tanto, que sólo las regularizaciones fiscales que aún no estén firmes podrán ser revisadas bajo el nuevo enfoque de la nulidad de la Disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012.